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La libertad de expresión y otras canciones de cuna.

Emite CNDH recomendación por caso Contralínea, Inédito pronunciamiento por acoso judicial y veto publicitario

  • Por primera vez en su historia, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una Recomendación contra el gobierno federal por el veto publicitario a un medio de comunicación como represalia a su línea editorial
  • Violaron Pemex y Poder Judicial derechos humanos de los periodistas de la revista Contralínea

contralinea logo(Contralínea).-La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una inédita recomendación que alude el acoso judicial contra un medio de comunicación como una forma de judicializar la libertad de expresión y el veto publicitario del gobierno federal como un método de castigo a los medios de comunicación por su línea editorial.

En la recomendación 57/2009, “Sobre el caso de los señores Agustín Miguel Badillo Cruz, Ana Lilia Pérez Mendoza e integrantes de la revista Contralínea”, dirigida al magistrado Celso Rodríguez González, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, y Juan José Suárez Coppel, director general de Petróleos Mexicanos, la CNDH acredita que el Poder Judicial y el Ejecutivo, a través de Petróleos Mexicanos (Pemex), violaron en perjuicio de los periodistas de la revista Contralínea los siguientes derechos:

“Los derechos humanos a la igualdad y a la libertad de expresión, previstos en los artículos 1°, párrafo tercero; 6°, párrafo primero; 7°, párrafo primero; y 134, párrafos primero, séptimo y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2.1, 26, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 2.2, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 1, 2.1,2.2 y 7, de la Declaración Universal de Derechos Humanos. De igual manera, lo previsto por el artículo 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como por el principio 5 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión como instrumento de interpretación del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que señala que no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, ni por cualquier medio encaminado a impedir la comunicación y circulación de ideas y opiniones, que los inhiba a difundir sus ideas o informaciones”.

El 12 de septiembre de 2008, los periodistas de Contralínea presentaron un escrito de queja ante la CNDH por las violaciones a derechos humanos cometidas en su agravio y del personal de la empresa que edita las revistas Contralínea y Fortuna, Negocios y Finanzas, en la que denuncian que de noviembre de 2004 a agosto de 2008 realizaron investigaciones y publicaciones periodísticas que involucran en irregularidades en la asignación de millonarios contratos a funcionarios de alto nivel del sector energético y la Presidencia de la República, y contratistas de Petróleos Mexicanos.

Con motivo de la publicación del trabajo periodístico, comenzaron a recibir amenazas y acoso por parte de funcionarios de Petróleos Mexicanos y de los directivos y abogados de empresas del Grupo Zeta, involucradas en algunos de los reportajes publicados, consorcio de gas licuado de petróleo presidido por Jesús Alonso Zaragoza López, quien amenazó a los periodistas con presentar 80 demandas en su contra, una por cada una de sus empresas.

Así, Zaragoza López demandó a los periodistas ante el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal, expediente 757/2007; el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, expediente 905/2007; el Juzgado Quinto de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, expediente 383/2008; el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, 393/2008, en todos por supuesto daño moral.

Con motivo de dichas demandas judiciales, el pasado 16 de enero el periodista Miguel Badillo fue arrestado por orden del Juez Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco. Posteriormente, emitió una orden judicial para acceder el 1 de febrero de 2009, a los archivos de la revista Contralínea.

A raíz de la revelación en Contralínea –el 15 de febrero de 2008– de los contratos que firmó Juan Camilo Mouriño con Pemex, en su dualidad de funcionario público y contratista de gobierno, el 17 de abril de 2008, el gerente de Comunicación Social de Pemex, Carlos Ramírez Fuentes, amenazó a la periodista Ana Lilia Pérez de que no permitiría que los funcionarios de Pemex otorgaran entrevistas a la revista y que por su línea editorial la paraestatal no le contrataría publicidad.

En resolución al expediente de la queja número CNDH/5/2008/4462/Q, el pasado 14 de septiembre, la CNDH resolvió: “Esta Comisión Nacional acreditó que fueron vulnerados los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y a la libertad de expresión, en agravio de Ana Lilia Pérez Mendoza, Miguel Badillo e integrantes de la revista Contralínea”.


La judicialización de la libertad de expresión

En su recomendación, la CNDH acreditó que el Poder Judicial de Guadalajara incurrió en una serie de hechos irregulares en beneficio de Jesús Zaragoza y el Grupo Zeta, tales como el acreditar la existencia de un tercer denunciado (Abraham Rodríguez Ortega) para radicar la demanda contra los periodistas en Guadalajara, donde acreditó la supuesta notificación de Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez con documentos apócrifos para después llevar el juicio “en rebeldía”. Sentenció a los periodistas sin que ellos tuvieran conocimiento siquiera de que había una demanda y un juicio en su contra y, posteriormente, ordenó el arresto de los periodistas consumándose en la detención de Badillo, quien fue recluido en el Centro de Sanciones Administrativas del Distrito Federal (El torito).

La CNDH documentó que en su resolución el juez introdujo cuestiones ajenas a la litis en agravio de los periodistas, para reclamarles prestaciones que ni el mismo Zaragoza planteó.

La CNDH señala: “Se acreditó que el juzgador violó en perjuicio de los codemandados lo previsto en el artículo 87 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, que señala que las sentencias deberán ser congruentes con las pretensiones deducidas oportunamente, condenando o absolviendo al demandado.

“Este mismo criterio es compartido por el Juez Décimo Tercero de lo Civil quien, al rendir el informe correspondiente a esta Comisión Nacional, señaló que en el procedimiento civil resulta aplicable el principio de congruencia y petición de parte, lo que no aconteció en el presente caso, toda vez que en la sentencia definitiva no se hizo ninguna valoración o razonamiento de índole jurisdiccional por el cual se ordenó condenar a los codemandados Agustín Miguel Badillo Cruz, Ana Lilia Pérez Mendoza a cumplir una prestación que nos les fue demandada”.

Por ello, la CNDH acreditó “que dichas irregularidades adjetivas vulneran las garantías a la legalidad y seguridad jurídica que debe revestir el procedimiento judicial civil instaurado en contra de los demandados Agustín Miguel Badillo Cruz, Ana Lilia Pérez Mendoza”.

Respecto de las irregularidades administrativas en los juicio presentados por el contratista de Pemex, Jesús Alonso Zaragoza López, en su recomendación, la CNDH destaca: “Esta Comisión Nacional acreditó que los agraviados fueron objeto de violaciones a sus derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, consagrados en los artículos 14, párrafo segundo y 16, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y que se transgredieron los artículos 14.1 y 26 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, así como 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que imponen la obligación al Estado mexicano de respetar el derecho al debido proceso, a la legalidad y a la seguridad jurídica”

Aunado a las irregularidades administrativas, refiere: “Respecto del acoso judicial manifestado por los quejosos, se advierte también que, con relación al expediente 393/2008 de medios preparatorios a juicio radicado ante el Juez Décimo Tercero de lo Civil en Guadalajara, Jalisco, promovidos por Thermogas, S.A. de C.V., en contra de Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, S.A. de C.V., en el que se decretó llevar a cabo una revisión a la contabilidad de la empresa editorial, esta Comisión Nacional advierte que carece del emplazamiento correspondiente por parte de la autoridad judicial a la citada empresa editorial, lo cual fue observado por el Juez Cuarto de Distrito en materia Civil en el Distrito Federal, en el juicio de amparo 604/2008, en el que determinó conceder el amparo y protección de la justicia federal a Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, S.A. de C.V., por lo que ordenó dejar insubsistente todo lo actuado, ya que no se respetó la garantía de audiencia a favor de la empresa en contra de la cual iban dirigidos los medios preparatorios a juicio”.

Dentro de sus indagatorias, la CNDH documentó que posterior a la demanda de Guadalajara, la familia Zaragoza presentó nuevas demandas contra los periodistas en otras entidades. Una de ellas es la que se promovió contra Badillo –juicio ordinario civil 348/2009– ante el Juzgado Tercero de lo Civil en Mazatlán, Sinaloa, el cual se encuentra en trámite, y en el que se solicita la reparación de daño moral e indemnización, entre otras, por la publicación de una fotografía de Miguel Zaragoza Fuentes.

En este sentido, destaca el organismo de derechos humanos: “No pasa inadvertido para esta Comisión Nacional que las diversas demandas promovidas por particulares y empresas ligadas a un mismo grupo empresarial y aceptadas por distintas instancias judiciales, aunado a las irregularidades administrativas detectadas, pueden constituir un medio indirecto para coartar la libertad de expresión, como consecuencia del trabajo periodístico de los quejosos. Lo anterior cobra relevancia ante las amenazas señaladas por los quejosos, emitidas por parte de los abogados de las empresas demandantes en contra de Agustín Miguel Badillo Cruz y Ana Lilia Pérez Mendoza, en el sentido de que promoverían hasta 80 demandas, una por cada una de las empresa del corporativo “Grupo Zeta”, lo cual fortalece la convicción de este organismo nacional respecto de la presión que se está ejerciendo en contra de los agraviados”.

En este sentido, refiere la CNDH, “en la declaración conjunta emitida por el Relator Especial para la Libertad de Opinión y Expresión de la Organización de Naciones Unidas, el Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa y el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos de fecha 18 de diciembre de 2003, señalaron que ‘los trabajadores de los medios de comunicación que investigan casos de corrupción o actuaciones indebidas no deben ser blanco de acoso judicial u otro tipo de hostigamiento como represalia por su trabajo”.

Por ello, la CNDH resolvió que “el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 136 y 148, fracción XXXII de la Ley Orgánica de Poder Judicial del Estado de Jalisco, lleve a cabo una investigación respecto de la tramitación del expediente 905/2007, relativo al juicio civil promovido por Multigas, S.A. de C.V. en contra de Corporativo Internacional de Medios de Comunicación, S.A. de C.V., Agustín Miguel Badillo Cruz y Ana Lilia Pérez Mendoza (…) radicado ante el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Guadalajara, Jalisco, y en su caso, se emitan las medidas disciplinarias que correspondan”.

Discrecionalidad en asignación de publicidad

El uso direccional que hace el Poder Ejecutivo de las partidas presupuestales destinadas a la publicidad como método de premio o castigo para los medios de comunicación por su línea editorial es por primera vez motivo de una recomendación de la CNDH, ya que constituye una violación a los convenios internacionales en materia de derechos humanos y de libertad de expresión.

En su Recomendación 57/2009, la CNDH acreditó que el gobierno de Felipe Calderón, a través de Petróleos Mexicanos, vetó a la revista Contralínea como castigo por ventilar supuestos actos irregulares y asuntos de corrupción que involucran a funcionarios de alto nivel de su gobierno (incluido el fallecido Juan Camilo Mouriño; el hoy presidente nacional del PAN, José César Nava Vázquez, y el mismo Felipe Calderón).

Al respecto, “del análisis lógico jurídico realizado al conjunto de evidencias que integran el expediente de queja, con relación a los agravios atribuibles a funcionarios de Petróleos Mexicanos, esta Comisión Nacional acreditó violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la igualdad, seguridad jurídica y a la libertad de expresión, en agravio de los señores Miguel Badillo Cruz, Ana Lilia Pérez Mendoza y periodistas de la revista Contralínea”.

La CNDH detalla que derivado de la queja presentada por Contralínea, el gerente Corporativo de Comunicación Social de Pemex, Carlos Ramírez Fuentes, rindió un informe, en el cual, dice la CNDH, “fue posible acreditar que Petróleos Mexicanos no cuenta con procedimientos y criterios objetivos, claros, transparentes y no discriminatorios para la contratación de publicidad oficial”.

Detalla que “del análisis realizado a los informes rendidos por la paraestatal a esta Comisión Nacional, no se desprenden otros elementos o criterios objetivos y definidos que justifiquen la suspensión en la contratación de la publicidad oficial con la revista Contralínea. De hecho, de la información obtenida se observa que la contratación de publicidad en los últimos 2 años otorgada a diversas revistas cuyo perfil de lectores es parecido al de Contralínea, de acuerdo con los datos públicos del Padrón Nacional de Medios Impresos Certificados de la Secretaría de Gobernación, no ha disminuido.

“En este sentido, en la información proporcionada a esta Comisión Nacional, no se deduce que la suspensión en la contratación de publicidad oficial a la revista Contralínea tenga como justificación legal una disminución general en la contratación de publicidad a todos los medios de comunicación con un formato similar al de la revista Contralínea, o que dicha suspensión obedezca a la observancia de otros criterios como serían los de cobertura, circulación o periodicidad”.

Por ello, dictaminó la CNDH, “se desprende que la suspensión en la contratación de publicidad con la revista Contralínea puede ser consecuencia de su línea editorial, si se considera, como ha quedado acreditado ante esta Comisión Nacional, a partir de las evidencias e información que se allegó, que dicha suspensión no se genera a partir de algún impedimento legal o característica específica de la publicación, como podría ser el perfil de audiencia, la cobertura geográfica, el tiraje o circulación de la revista, o de una reducción en general de la contratación de publicidad por parte de la paraestatal con revistas similares”.

Así que, “sí es posible acreditar plenamente la falta de procedimientos y criterios objetivos, claros, transparentes y no discriminatorios por parte de Petróleos Mexicanos en la contratación de publicidad oficial, lo que puede alentar a sus funcionarios a utilizar discrecionalmente los recursos públicos dirigidos a la comunicación social de la paraestatal para premiar o castigar a los medios de comunicación por su línea editorial, lo cual vulnera los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica y por supuesto a la libertad de expresión en agravio de los periodistas y directivos de los medios de comunicación, en este caso de la revista Contralínea”.

Por primera vez, la CNDH habla de la falta de regulación en materia de contratación de publicidad del gobierno federal. No existen, dice “procedimientos y criterios objetivos, claros, transparentes y no discriminatorios para la contratación de la publicidad oficial, que puedan garantizar la igualdad de oportunidades entre los diversos medios que buscan contratarla, entre ellos la revista Contralínea”.

Lo anterior, advierte, “deja abierta la posibilidad de incurrir en prácticas discrecionales afectando no sólo al pluralismo informativo y el debate público, elementos ambos esenciales de una sociedad democrática, sino también vulnerando el derecho a la igualdad si se considera que ante supuestos de hecho iguales se aplican consecuencias jurídicas desiguales, sin que exista, por lo menos en el caso que nos ocupa, una suficiente justificación legal que acredite tal diferencia, como ha quedado acreditado en este documento”.

Analiza además que ello implica la no observancia a los acuerdos internacionales en materia de Libertad de Expresión signados por el Estado mexicano. Refiere incluso los señalamientos que a este respecto ha hecho la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en su informe anual de 2003 señala el veto publicitario como una forma de coartar la libertad de expresión:

“El asesinato de periodistas investigadores, el cierre de un periódico por el Estado, expresiones de violencia contra periodistas por parte de las fuerzas de seguridad o la negativa a permitir que salgan al aire ciertos programas de televisión, son todos ejemplos elocuentes de violaciones directas del derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, detrás de estas violaciones flagrantes, existen formas indirectas más sutiles y a veces más efectivas por las que el Estado coarta la libertad de expresión. Debido a que estas violaciones indirectas son con frecuencia obstrucciones oscuras, impuestas silenciosamente, no dan lugar a investigaciones ni merecen una censura generalizada, como ocurre con otras violaciones más directas.”

En su recomendación 57/2009 contra Petróleos Mexicanos, la CNDH enuncia “que los derechos consagrados por los instrumentos internacionales de derechos humanos establecen como criterio indiscutible la no-discriminación y, en ese sentido, resultaría una forma indirecta de coartar la libertad de expresión cualquier medida que discrimine a un medio de comunicación de recibir publicidad oficial a causa de su línea editorial o crítica hacia la administración pública”.

Asimismo, que “el Principio 13 de la Declaración de Principios Sobre Libertad de Expresión, que funge como criterio de interpretación de la Convención Americana, señala que la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial con el objeto de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales en función de sus líneas informativas atenta contra la libertad de expresión y debe ser prohibida por ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente, siendo el rol principal del Estado facilitar el más amplio, plural y libre debate de ideas, y que cualquier interferencia que implique restringir la libre circulación de ideas debe estar expresamente prohibida por la ley, por lo que presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”.

La falta de estos criterios en la contratación de publicidad, dice la CNDH, “puede generar incertidumbre jurídica en los medios que buscan contratarla, en este caso la revista Contralínea, vulnerando con esto la prerrogativa que tiene todo ser humano a vivir dentro de un Estado de Derecho, bajo la vigencia de un sistema jurídico normativo coherente y permanente, dotado de certeza y estabilidad, y que defina los límites del poder público frente a los titulares de los derechos subjetivos”.

En resolución a la queja presentada por los periodistas de Contralínea, concluyó que “la falta de procedimientos y criterios claros, objetivos, transparentes y no discriminatorios por parte de Petróleos Mexicanos para la contratación de publicidad oficial, deja abierta la posibilidad de incurrir en prácticas discrecionales para la distribución de recursos públicos con el objeto de premiar o castigar a los medios según su línea editorial, lo que afecta no sólo al pluralismo informativo y el debate público, ambos elementos esenciales de una sociedad democrática, sino también se violan los derechos humanos a la igualdad, seguridad jurídica y a la libertad de expresión”.

Determinó que los funcionarios de Pemex violaron “los artículos 134, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que impone la obligación a todos los servidores públicos de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad; 7 y 8, fracciones I y XXIV, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; así como las demás disposiciones legales analizadas en el presente capítulo, con lo que se violó, en agravio de los periodistas de la revista Contralínea, los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, derechos previstos en los artículos 14, párrafo segundo y 16, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14.1, 17.1, 17.2, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el 8.1, 11.1, 11.2, 11.3 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Así mismo, “se violaron en perjuicio de los periodistas de la revista Contralínea los derechos humanos a la igualdad y a la libertad de expresión, previstos en los artículos 1°, párrafo tercero, 6°, párrafo primero, 7°, párrafo primero, y 134, párrafos primero, séptimo y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2.1, 26, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 2.2, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 1, 2.1,2.2 y 7, de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“De igual manera, lo previsto por el artículo 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como por el principio 5 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión como instrumento de interpretación del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que señala que no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, ni por cualquier medio encaminado a impedir la comunicación y circulación de ideas y opiniones, que los inhiba a difundir sus ideas o informaciones”.

La CNDH resolvió que Juan José Suárez Coppel deberá instruir a que la paraestatal “cuente con procedimientos y criterios objetivos, claros, transparentes y no discriminatorios, en el otorgamiento y distribución de publicidad oficial a favor de los distintos medios de comunicación, tanto electrónicos como impresos”.

La CNDH resolvió que en el ámbito de sus atribuciones, las autoridades y dependencias administrativas deberán investigar los agravios en contra de los periodistas para aplicar las sanciones conducentes y subsanar las irregularidades. Instó también a que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial ponga en práctica las medidas necesarias “para evitar que en el ejercicio de un derecho pueda generarse un medio indirecto, como podría ser el acoso judicial, para atentar contra la libertad de expresión”.

El peligro de informar

México D.F., 27 de agosto de 2009 (Miguel Carbonell / El Universal).- En México ejercer el periodismo es peligroso. Muy peligroso. La CNDH acaba de emitir una recomendación general en la que se documentan con gran detalle y acuciosidad las violaciones a la integridad física y a la vida de periodistas mexicanos en los últimos años. El problema es tan grave que en la propia comisión existe un área que se dedica específicamente al tema de los agravios a periodistas. En dicha área se han abierto 487 expedientes en los últimos nueve años, es decir, 54 al año.

En ese mismo periodo se ha documentado la muerte de 50 periodistas o trabajadores de medios de comunicación, los cuales fueron asesinados —presuntamente— por razón de su trabajo. Entre 2000 y 2009 se registró la desaparición de siete periodistas, así como seis atentados con explosivos contra instalaciones de periódicos. Las entidades más peligrosas para ejercer el periodismo son Tamaulipas, Chihuahua, Veracruz, Guerrero, Michoacán y Oaxaca.

Por si lo anterior fuera poco, hay que considerar la alta tasa de impunidad que prevalece en esos casos, debido sobre todo a la falta de pericia de los órganos encargados de realizar la investigación correspondiente. Solamente en 27% de los casos las procuradurías competentes fueron capaces de consignar las averiguaciones previas ante un juez, pero solamente en 12% se obtuvieron sentencias condenatorias. De hecho, incluso esas cifras tan pobres deben ser tomadas con cierta precaución, pues con toda seguridad muchos delitos cometidos contra periodistas nunca llegan a ser denunciados.

La CNDH ha detectado que al integrar las averiguaciones previas las procuradurías dejan pasar largos periodos sin hacer ningún tipo de actuación. Hay expedientes que permanecen inactivos por más de un año.

Las procuradurías son incapaces de recabar testimonios, desahogar peritajes, agotar líneas de investigación, etcétera. La PGR no ha ofrecido resultados mucho mejores que los que se observan en las instancias estatales; si bien es cierto que fue creada una fiscalía especial en el tema, sus resultados han sido deplorables: entre febrero de 2006 (cuando se crea la fiscalía) y noviembre de 2008 solamente fue capaz de consignar ante un juez tres expedientes, es decir, tiene un promedio de una consignación al año.

No es algo que sea excepcional en el ámbito de la procuración de justicia. De hecho, la regla general es que nunca se pueda dar con los culpables de los delitos porque no hay una investigación científica y seria por parte de las autoridades competentes. Basta ver el clamoroso ejemplo de las más de 6 mil ejecuciones acontecidas durante 2008: ¿en cuántos casos se pudo ubicar al culpable, detenerlo y sentenciarlo? Aun cuando se trata del gravísimo delito de homicidio la impunidad parece ser la regla general.

Sin embargo, el caso de los agravios contra periodistas es en alguna medida diferente al resto, ya que lo que se intenta en esos casos es acallar su voz, ya sea por parte de personas que trabajan en agencias gubernamentales o por parte de la criminalidad organizada. Y eso es muy grave no solamente para los periodistas, sino para la sociedad en su conjunto. Es una forma de cercenar nuestro derecho a estar informados y a quitarnos la libertad de expresión.

Las amenazas a periodistas o su eliminación física nos pone a todos en peligro, pues es probable que de esa forma se oculten muchos otros delitos o simplemente se excluyan temas importantes de la discusión nacional. A lo mejor dentro de poco tiempo ya no se podrá informar sobre actividades relacionadas con el crimen organizado o sobre delitos cometidos por funcionarios públicos poderosos.

Por eso es que hay que exigir a las autoridades que atiendan la recomendación general de la CNDH: porque si callan a nuestros periodistas nos estarán callando a todos. Y eso, en una democracia, no se vale.

www.miguelcarbonell.com

Investigador del IIJ-UNAM

Alerta-LE: Hostigan militares a reportero de La Jornada Guerrero

(Cencos).- Jesús Rodríguez Montes, corresponsal del diario La Jornada Guerrero fue interrogado y fotografiado en un retén militar instalado en Huamuarxtitlán, Guerrero (suroeste) cuando regresaba de documentar el caso del asesinato de un indígena na savi a manos del Ejército.

Tras hacer un viaje a Huammuxtitlán para investigar el asesinato del indígena na savi, Rodríguez Montes abordó el camión equivocado al intentar regresar al municipio de Tlapa de donde es corresponsal para La Jornada Guerrero. Al darse cuenta que viajaba en el autobús equivocado, decidió bajar de él y caminar para encontrar el retorno correcto. Al avanzar unos pasos se encontró frente a un retén militar donde fue interrogado durante más de diez minutos, tiempo en el que además de tener que mostrar todas sus identificaciones fue fotografiado.

En entrevista para Cencos el periodista narró los hechos: “yo regresaba a Tlapa, me había equivocado de camión y al buscar el regreso correcto tenía que atravesar forzosamente por el retén militar. Venía caminando y el teniente Melarve me pidió que me detuviera pues me les hice raro porque no parecía gente de la zona. No traía mi cámara a la vista porque estaba en la mochila guardada, me pidieron mis identificaciones y se las mostré, pero a una distancia mediana me estaban tomando fotos con una cámara pequeña, eran otros soldados; Melarve me dijo que era una operación de rutina porque me les hice sospechoso, luego de poco más de diez minutos me dejaron ir, antes no me había pasado”.

Entre 2008 y 2009 se han registrado 20 agresiones a periodistas y comunicadores de la entidad. De las 13 que corresponden a 2008, el 76% fueron a manos de funcionarios públicos. En lo que va de 2009 se han registrado ya 2 asesinatos. El primero sucedido en el municipio de Iguala, el 13 de febrero, donde el fotógrafo Jean Paul Ibarra fue asesinado y una periodista resultó gravemente herida después de que ambos fueron atacados a disparos de arma de fuego por desconocidos. El segundo fue perpetrado el 29 de febrero en el municipio de Taxco, donde el periodista, Juan Carlos Hernández Mundo, director del periódico local El Quijote, murió al recibir disparos de arma de fuego por dos personas que lo interceptaron con una camioneta en el área de Tehuilotepec, en la localidad de Taxco de Alarcón, cuando se dirigía a cubrir un evento para su periódico. Ambos asesinatos aún permanecen sin esclarecer y son parte de las alarmantes cifras de agresiones a la libertad de expresión en el estado.

Por ello, Cencos expresan su solidaridad con el gremio periodístico de Guerrero y de manera particular con los colaboradores de La Jornada Guerrero quienes recientemente han sido hostigados.

Cencos expresan su profunda preocupación ante un posible y grave abuso de poder por parte de las autoridades en el contexto de violencia y militarización por el que atraviesa el estado.

Cencos hacemos un llamado al Gobierno Estatal a que adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho de la libertad de expresión pues la obstaculización al derecho de la sociedad a estar informada, se traduce en una amenaza directa para la consolidación de la democracia.

Notas al editor

*Para mayor información favor de contactar a Rita Balderas, Área de Educación e Investigación de Cencos +52 (55) 5533-6475 / 76 ext 108 rita.balderas@cencos.org

-CENCOS fue la primera organización de denuncia a las agresiones contra periodistas en México, iniciando está actividad a mediados de los años setenta. Busca promover la libertad de expresión y en específico la libertad de prensa como un derecho individual de los y las periodistas y como derecho colectivo de la sociedad de recibir información.

Prensa libre

México D.F., 24 de junio de 2009 (John M. Ackerman / Proceso).- En el actual contexto caracterizado por la profunda crisis económica, la abierta polarización política y el claro desprestigio institucional, las buenas noticias se agradecen como un vaso de agua fresca en un árido desierto.

El pasado miércoles 17 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio una muy grata sorpresa al defender de manera contundente la libertad de expresión y el acceso a la información pública. Por unanimidad, los integrantes de esa sala respaldaron el proyecto presentado por el ministro José Ramón Cossío, y elaborado por los secretarios de Estudio y Cuenta Francisca Pou y Roberto Lara, que otorga un amparo definitivo al director de un periódico local de Guanajuato, Jesús Orozco Herrera, en contra de las denuncias del expresidente municipal de Acámbaro, Guanajuato, Antonio Novoa.

El único delito que supuestamente había cometido Orozco, director de La Antorcha de Acámbaro, fue permitir la publicación de una entrevista con el exchofer del presidente municipal en la que acusaba a su anterior jefe de desvío de recursos públicos, así como de haber sostenido relaciones sexuales con importantes figuras públicas del sexo masculino. Enfadado, Novoa echó mano de la retrógrada y autoritaria Ley de Imprenta del Estado de Guanajuato para demandar penalmente a Orozco por daño moral y así obligarlo a realizar una travesía de casi tres años por las diferentes estancias de la justicia local y federal.

La decisión de la Suprema Corte en este caso es un buen augurio para otros juicios similares, como en los casos de Eduardo Huchim, Miguel Badillo, Lydia Cacho y muchos otros periodistas que actualmente se encuentran en proceso de litigio. Actualmente, existe un sinnúmero de casos en el país donde las autoridades públicas buscan silenciar a los periodistas por medio de un hostigamiento judicial.

Pero los criterios de interpretación desarrollados por el ministro Cossío en su proyecto de resolución son aún más importantes que el propio sentido del fallo de la Primera Sala en este caso en particular. El proyecto indica sin rodeos que los servidores públicos simplemente no cuentan con el mismo derecho a la privacidad o a la intimidad que el ciudadano común. “La democracia exige conocimiento y escrutinio constante de las acciones y omisiones de los funcionarios del Estado… el umbral de intensidad de crítica y debate al que deben estar expuestos personas como las que eran objeto de referencia en la nota periodística analizada es un umbral muy alto, no fácil de traspasar por razones que abran la puerta a la imputación de responsabilidades civiles o penales”.

El proyecto aprobado también observa que los funcionarios tienen mayores posibilidades de defenderse públicamente que otros ciudadanos. Su posición de poder les “otorga a quienes se consideren afectados por ciertas informaciones u opiniones unas posibilidades de acceder a los medios de comunicación y reaccionar a expresiones o informaciones que los involucren muy por encima de las que tienen habitualmente los ciudadanos medios”. Nuestros gobernantes, en suma, cuentan con medios de defensa propios que disminuyen el impacto que podría tener alguna crítica, infundada o no, publicada por un medio.

Además de argumentar que los servidores públicos deberían aceptar mayores críticas e incluso cierto nivel de intromisión en su vida privada que el resto de los mortales, los ministros de la Primera Sala también respaldaron el planteamiento de que los periodistas cuentan con un derecho especial de conocer y publicar información sobre las actividades de los funcionarios públicos. De acuerdo con el proyecto, el papel central que juegan los medios de comunicación en la construcción de un régimen democrático y de rendición de cuentas justifica que éstos cuenten con libertades especiales. Estos criterios implican un avance fundamental en la lucha por la libertad de prensa en el país.

Este caso también nos hace reflexionar una vez más sobre la pretensión de Germán Martínez de guanajuatizar a México. El proyecto de Cossío revela que la Ley de Imprenta de Guanajuato tiene deficiencias muy marcadas, al tipificar los ataques a la moral como delitos penales, contar con una redacción tan general de estos tipos penales, que pueden ser aplicados a casi cualquier periodista en cualquier momento y extender la responsabilidad más allá de quién realice algún dicho, para incluir a los periodistas que recojan la información y a los directores de los medios que decidan difundirla.

Sin dejar de reconocer la trascendencia de este fallo, apenas constituye un primer paso hacia la construcción de un nuevo régimen de libertad de prensa en nuestro país. Falta que la Primera Sala y eventualmente el pleno de la SCJN ratifiquen estos criterios en futuras resoluciones con el fin de generar una jurisprudencia vinculatoria en la materia. También haría falta exigir que los diputados del estado de Guanajuato, así como de otras entidades federativas con legislaciones similares, reformen radicalmente sus respectivas leyes de imprenta.

Finalmente, los ministros de la Suprema Corte tampoco harían mal en cumplir ellos mismos con el espíritu de su propia resolución. Urge que la SCJN establezca desde ya un organismo plenamente independiente y autónomo para la revisión de las solicitudes de acceso a información pública y que se abra de forma franca a la fiscalización de parte del Congreso de la Unión y la Auditoría Superior de la Federación.

Panistas agreden a periodistas de grupo Megamedia de Campeche, denuncian

Articulo del sendero del peje, Muy Bueno.

Simpatizantes panistas intentaron embestir con sus autos a personal de Grupo Megamedia, el cual publica El Diario de Yucatán. Las agresiones se dan luego de que Megamedia denunciara que la Lotería Nacional pretendió usar fondos de esa institución para pagar propaganda a favor del del PAN.

Simpatizantes panistas intentaron embestir con sus autos a personal de Grupo Megamedia, el cual publica El Diario de Yucatán. Las agresiones se dan luego de que Megamedia denunciara que la Lotería Nacional pretendió usar fondos de esa institución para pagar propaganda a favor del del PAN y en particular a favor de los intereses de la familia Mouriño.

De acuerdo con la denuncia publicada en El Diario de Yucatán, "empleados de Grupo Megamedia en esta ciudad han sido objeto de intimidación, ofensas, provocaciones, amenazas y hasta intentos de atropellamiento en diferentes sectores de la ciudad a manos de presuntos simpatizantes panistas, como consecuencia de la publicación del intento de soborno a este consorcio peninsular."

Los principales blancos de los ataques de panistas han sido los empleados de distribución, del departamento de crédito y cobranza. y "una compañera que atiende el local de Megamedia en la Mega Comercial de la avenida Central."

Los ataques han implicado intentos de embestir a los trabajadores de Grupo Megamedia, e intentos de intimidación con violencia física.

“Cerca de la Dársena un Chevy gris con placas de Campeche intentó embestirme. No hizo el alto y se fue contra mí; si no freno, sí me prende”, dio a conocer un empleado de Megamedia.

Otro empleado denuncia: “A mí en la avenida Costera se me emparejó un Sentra azul donde viajaban varios y me cerraban constantemente el paso. Me insultaban y se reían. Ayer el problema fue con el conductor de un Corsa rojo”.

Esto ocurre a unos días de que Grupo Megamedia se presente ante las autoridades judiciales para declarar en torno al intento de soborno y desvío de fondos por parte de la Lotería Nacional para favorecer al PAN y a los Mouriño.

En específico, Megamedia denunció por estos presuntos ilícitos al director de la Letonal, Miguel Ámgel Jiménez Godínez, quien alegó que Juan Camilo Mouriño era "como su hermano."

La gestión de propaganda que se pagaría con recursos de la Lotenal pretendía favorecer los candidatos panistas a gobernador, a dos diputaciones federales y a alcaldes de Campeche y Ciudad del Carmen.

La solicitud de la propaganda fue hecha en una renión en la cual también participó el hermano de Juan Camilo Mouriño, Carlos Mouriño Terrazo, director general del grupo GES.

Represión a periodistas espantó a la prensa: Anabel Hernández

Y continuamos con el asunto de los periodistas (supuestamente secuestradores)
Un excelente articulo de los amigos del Sendero del Peje..
Por Redacción sdpnoticias.com/SDP
31 de Marzo, 2009 - 09:20 — Ciudad de México, México
http://sdpnoticias.com/sdp/contenido/2009/03/31/365334

Los comunicadores intentaban dar seguimiento a la investigación de la costosa residencia que construye García Luna

"Hay algo que pasó ese día, que por supuesto sólo ellos (reporteros de TVC Noticias) pueden explicar, sólo ellos pueden decir qué fue lo que se les dijo o se les hizo en esas horas de detención", en el trayecto de Paseos del Sur hasta la oficina de la PGR en Camarones, indicó Hernández.

Con la detención de los dos periodistas de TVC Noticias el viernes pasado se logró espantar a la prensa en su ejercicio periodístico de informar a la sociedad si los bienes de los servidores públicos corresponden con sus ingresos, consideró la periodística Anabel Hernández.

Cabe recordar que el camarógrafo Jaime Torres y su asistente Rosendo Alejandro fueron interceptados y detenidos por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, cuando intentaban dar seguimiento a investigación sobre la construcción de la costosa residencia del secretario Genaro García Luna.

Lo detenidos fueron trasladados a instalaciones de la PGR en Camarones, donde los retuvieron incomunicados 15 horas. Se les acusó de intento de secuestro, a pesar de que en todo momento los reporteros se acreditaron como prensa.

En entrevista con Carmen Aristegui, la periodista Anabel Hernández indicó que los hechos ocurridos con los periodistas deben preocupar a la sociedad, a los medios de comunicación y a los miembros de los derechos humanos porque son malas señales de que la corrupción e impunidad imperan en nuestro país.

Señaló que en vez de salir a dar cuenta de dónde llegan los recursos de los que dispone para obtener las costosas propiedades, García Luna cae en actos represivos con el fin de espantar a la prensa.

Destacó que ha buscado insistentemente a los dos comunicadores, así como al taxista "y llevan cuatro días con sus teléfonos celulares apagados.

"Hay algo que pasó ese día, que por supuesto sólo ellos (reporteros de TVC Noticias) pueden explicar, sólo ellos pueden decir qué fue lo que se les dijo o se les hizo en esas horas de detención", en el trayecto de Paseos del Sur hasta la oficina de la PGR en Camarones, indicó Hernández.
Ante este escenario, sostuvo que la sociedad está obligada a pedir respuestas sobre lo que pasó en esas horas.

TODOS SOMOS LYDIA CACHO

aqui esta el segundo excelente articulo publicado en el blog de "Bri"
http://mamiregia.blogspot.com/2008/12/todos-somos-lydia-cacho.html
¿Que porqué la admiro? He aqui una de las tantas razones....

RESPUESTA DE LYDIA CACHO: ¿IRSE O QUEDARSE EN MÉXICO? He recibido cientos de correos, algunos me piden que me vaya del país y otros me dicen que me quede, que no me raje, que no estoy sola. Los leo todos, y quisiera tener el tiempo para responder a cada persona que se tomó el tiempo de escribirme, de compartir sus preocupaciones, o sus propias experiencias con la justicia mexicana.

Me escriben las familias de padres o hijos que fueron secuestrados, algunos asesinados, otros sobrevivientes de la ambición criminal. Mujeres y hombres que buscan angustiados a sus niños o niñas arrebatados por"robachicos" en algún parque o esquina de México. Me escriben amas de casa indignadas, empresarios que confiesan no tener mi valentía pero ser solidarios, me escriben niñas de catorce años que no entienden, ni quieren entender, la crueldad humana. Me escriben familiares, abogados, amistades de cientos de víctimas de pederastas en todo el país.

De un niño violado en un colegio de los Legionarios de Cristo, de una niña violada por su abuelo, de tres pequeños abusados por un político. Me escriben amigas y amigos de la infancia a quienes les perdí la pista; desconocidos de Barcelona, de Madrid, de Berlín, de Italia, de Portugal, de Dublín.Compatriotas de Tijuana, de Torreón, de Nuevo León.

Llueven correos de Monjas que salvan niñas en La Merced, de chavos banda que piensan que soy "una vieja a toda madre". Leo correos de mi sobrino Santiago que a sus 12 años descubrió que en su país hay una Suprema Corte y que se indigna porque los Jueces y Juezas no puedan ver lo que "Un niño mexicano sí entiende: que un gobernador ayudó a proteger a unos pederastas y torturaron a Lydia Cacho por eso".Recibo un correo de mi amiga Itzel, que me dice que ella no tiene mi valentía. Y aquí el respondo que para ser valiente se necesita conocer el miedo, y el mundo sería mucho mejor si hubiera menos personas valientes y más personas felices y pacifistas.

No me voy, no voy a ninguna parte más que para adelante, hasta esclarecerlo todo. Porque perdemos en los tribunales pero ganamos al reivindicar el buen periodismo, nuestro derecho a conocer al verdad, a rescatar la honestidad, la solidaridad y la cultura aplicada de nuestros derechos humanos. No me quedo en México por ser valiente, me quedo por dignidad. Ya nos han arrebatado suficiente a millones de mexicanos y mexicanas.

Yo, Lydia Cacho, a las mafias político-empresariales-criminales no les regalo mi libertad, ni mi derecho a estar cerca de mis amores y amistades.No les regalo ni una pesadilla más en su nombre, no les doy mi enojo sino mi paz interior; no les doy poder de ahuyentarme sino de saberse hombres y mujeres de espíritu pequeño.

Cada año, 400 mil personas huyen de México expulsadas por la pobreza, la violencia y la corrupción. No podemos seguir sumándonos al exilio mexicano. Respeto a quienes eligen salir y cambiar su vida, abandonar la patria es un acto de valentía. Somos millones quienes soñamos con un país distinto, por eso sé, como ustedes me escriben, que no estoy sola. Parafraseando al maravilloso poeta Eliseo Alberto, compañero de mirada amorosa:

"Si un minuto basta para morir, qué no va a ser suficiente para cambiar". Ellos, los corruptos y malos son en realidad muy pocos. Nosotras, nosotros, en cambio, seguimos siendo mayoría, por eso no pierdo la esperanza de que México pueda cambiar. Y por si las dudas, yo me quedo aquí para celebrarlo.

SI UN MINUTO BASTA PARA MORIR, QUE NO VA A SER SUFICIENTE PARA CAMBIAR

LYDIA CACHO

bueno aqui tenemos un excelente articulo, son dos pero veamos primero 1 son muy interesantes aqui el primero de "bri" La foto por supuesta es de igual manera excelente y la toma mucho mas nos muestra a una Lidia cacho reflexiba y enfocada.
LYDIA CACHO Por Bri.
http://mamiregia.blogspot.com/2008/12/lydia-cacho.html


Una mujer muy valiente que se está jugando la vida por denunciar abusos que se cometen contra menores de edad en su país, MÉXICO. Ha sido secuestrada y torturada por ello, y también vive bajo amenaza de muerte y con protección. No acabaron con su vida gracias a la presión social (manifestaciones de todo tipo en México, denuncias de las redes de periodistas internacionales y de varias ONG's que trabajan este tema, entre otras protestas de diferentes instituciones)


Lydia Cacho, Periodista Amenazada Por Red Pederasta
-“Mi único delito fue denunciar la pederastia”, afirma la prestigiada periodista, ganadora del Premio Mundial a la Libertad de Prensa, en su libro “Memorias de una infamia”

Lydia Cacho, Periodista Amenazada Por Red Pederasta




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